IX ÉPOCA

16.3.07

Mamadou: 10 anos despois

Mamadou Kane, de la región de Touba, en Senegal, llevaba 10 años viviendo en España y tenía permiso de residencia. Vendía mercancías en la calle y por las playas. Residía en Vigo, pero todos los años volvía a Senegal durante los meses de invierno para ver a su familia, a la que mantenía. En julio de 1996 fue detenido por agentes de la policía local y acusado de «desobediencia a la autoridad» en relación con la venta ambulante.
Afirmaba que a partir de entonces sufría acoso por parte de la policía local, que le pedía constantemente los documentos de identidad.
El 16 de marzo de 1997, alrededor de las cinco y media de la tarde, Mamadou Kane se encontraba en la playa de Samil (Vigo), hablando con otro senegalés y con dos españoles. Dos agentes de la policía local se aproximaron y le pidieron los papeles. Él contestó que tenía permiso de residencia y de trabajo, pero le dijeron que mostrara el documento de identidad o el pasaporte, ninguno de los cuales llevaba encima. Los agentes llamaron a un vehículo patrulla, en cuyo interior había otros dos agentes. Le hicieron sentarse entre los dos primeros en la parte trasera del vehículo. Los agentes afirmaron que le llevaban a la comisaría de policía nacional de López Mora para identificarlo.
Pero no lo hicieron así, sino que tomaron una ruta en dirección a Beade y desde allí a una zona montañosa próxima al campus de la Universidad de Vigo, en Marcosende.

Según Mamadou Kane, cuando preguntó por qué lo llevaban allí, uno de los agentes replicó: «¡Tú te callas, nosotros somos los que mandamos, gilipollas!». Los dos agentes que iban en los asientos traseros empezaron a darle puñetazos por ambos lados mientras él trataba de defenderse.
Los otros dos profirieron insultos contra él, algunos de carácter racista, como «negro de mierda». Mamadou Kane afirma que también le dijeron lo siguiente:
«Vosotros sois una mierda; el gobierno español tiene toda la culpa por dejaros entrar en el país; marchaos para vuestro país y mataos entre vuestras tribus».
El secuestro policial duró alrededor de una hora, y Mamadou Kane afirma que hubo un momento en que temió por su vida, ya que los agentes lo amenazaron también con matarlo. Luego le dijeron que lo llevaban a su casa, pero él insistió en ir a la comisaría para presentar una denuncia. Le dijeron que si lo hacía sería expulsado de España. No obstante lo llevaron a la comisaría de la policía nacional, adonde llegaron hacia las siete y cuarto de la tarde. Se comprobó que su permiso de residencia estaba en regla, pero la policía local solicitó que su nombre fuera incluido en el registro por venta ilegal de mercancías en el Paseo de Samil, negativa a identificarse y alteración del orden. Después lo pusieron en libertad y volvió a su casa. Horas después, tras consultar con un abogado, presentó una denuncia judicial. En el hospital de Xeral-Cies fue sometido a un reconocimiento, y el informe médico constató la presencia de contusiones en la espalda y la cabeza. Mamadou Kane asegura que, después del secuestro y la paliza y en vista del acoso al que había sido sometido antes, vivía con el miedo constante a que le volviera a suceder algo parecido. Sufría continuamente jaquecas nerviosas y no podía salir a la calle si no era en compañía de amigos.
La policía local negó categóricamente que Mamadou Kane hubiera sido detenido a las cinco y media de la tarde y que los agentes lo hubieran llevado a las afueras de la ciudad para maltratarlo. Según una declaración policial, su detención se había producido más tarde, alrededor de las siete menos cuarto de la tarde, al ser visto vendiendo mercancías en una parte de la playa no autorizada. La policía afirmaba que, en vista de su actitud insultante, habían llamado a un vehículo patrulla. Después lo habían llevado directamente a la comisaría, adonde habían llegado media hora después, a las siete y cuarto. No obstante, varios testigos presenciales corroboraron las denuncias de Mamadou Kane. El ayuntamiento se negó a tomar medidas disciplinarias contra los agentes (uno de los cuales tenía antecedentes penales).

El 19 de abril de 1999, la Audiencia de Pontevedra impuso a los cuatro policías penas de prisión por detención ilegal, y a dos de ellos los condenó también por malos tratos, pero no encontró pruebas suficientes de que los agentes hubieran proferido insultos racistas contra Mamadou Kane. La sentencia citaba una serie de normas internacionales de derechos humanos, entre ellas el artículo 9 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como el artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Un agente fue condenado a cuatro años de prisión, y otros tres a tres años de prisión. También les impusieron penas de entre 8 y 10 años de inhabilitación absoluta y tuvieron que pagar una indemnización a Mamadou Kane.

El 18 de junio de 1999 se interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo, al que se pedía que volviera a examinar la negativa del tribunal de primera instancia a aplicar la circunstancia agravante de motivación racial en aplicación del artículo 22.4 del Código Penal junto con el artículo 66.3. El recurso señalaba que, dado que la agravante a la que se refería el artículo 22.4 era reciente, apenas existía jurisprudencia relevante. Sin embargo, argumentaba una serie de criterios por los que podía determinarse la circunstancia agravante, a saber: que Mamadou Kane, quien aseguraba que se habían proferido insultos racistas, había sido descrito por el primer tribunal como testigo altamente fiable, firme y coherente; uno de los agentes había mostrado una actitud despreciativa hacia otro de los testigos; los malos tratos dentro de un vehículo policial iban acompañados invariablemente de insultos; la víctima era inmigrante y de raza negra, etcétera. En el recurso de apelación se enumeraban diversos hechos demostrados que permitían deducir que «la causa de que los agentes decidieran llevar a la víctima a un monte fue su condición de inmigrante extranjero de raza negra, lo que hizo suponer a los condenados que los hechos no serían denunciados, debido al sentimiento de inseguridad que los inmigrantes extranjeros generalmente tienen al respecto de una posible expulsión del país».63 La única razón de que, después de tenerlo recluido durante más de una hora en el vehículo policial, finalmente lo llevaran a la comisaría era que él se había empeñado en poner una denuncia. Los agentes no tuvieron más remedio que confiar en que el tribunal les otorgara mayor credibilidad a ellos que a un hombre negro. (Los intentos de desacreditar a Mamadou Kane que de hecho hicieron las autoridades locales mediante una campaña de desinformación se describen en el apartado D)

El 12 de julio de 2001 el Tribunal Supremo ratificó la sentencia condenatoria contra los cuatro agentes, que habían continuado ejerciendo sus funciones después del fallo del tribunal de primera instancia. El Tribunal no admitió más recursos, lo que significaba que los agentes tendrían que hacer frente a penas de prisión y a su expulsión automática del cuerpo, si bien propuso que tres de ellos pudieran beneficiarse de un indulto parcial que abriría el camino a una pena no privativa de libertad. El tribunal no aceptó que pudiera probarse la circunstancia agravante de motivación racial.

D) — Las campañas de desinformación contra los denunciantes. Un ejemplo es el caso de Mamadou Kane (véase el apartado B.4). Cuando éste presentó su denuncia contra los cuatro agentes de la policía local en Vigo, fue amenazado con ser denunciado a su vez por el Ayuntamiento de Vigo. En defensa de los agentes, el alcalde afirmó que los cuatro o cinco casos de malos tratos a manos de la policía local documentados recientemente, que se habían descrito en la prensa local, no eran un número excesivo y que quienes criticaban la conducta de los agentes estaban creando un clima de hostilidad.
El ayuntamiento se negó a estudiar la adopción de medidas disciplinarias contra los agentes,a pesar de que uno de ellos tenía antecedentes penales, había sido retirado de su puesto varias veces y había estado encarcelado.

[...]

En el caso de Mamadou Kane (véase infra), el fiscal argumentó que los inmigrantes y los ciudadanos extranjeros estaban especialmente expuestos a ser víctimas de detención arbitraria debido a una sensación de inseguridad relacionada con su situación jurídica y a que, en el caso improbable de que se presentara una denuncia, seguramente la palabra de los policías tendría más valor que la de un «negro». De hecho, la publicidad que en 1997 suscitó el caso de Mamadou Kane centró la atención en sucesos parecidos documentados anteriormente en Vigo (Galicia), donde Mamadou Kane vivía y trabajaba como vendedor ambulante. Por ejemplo, según informes, el representante de una ONG local afirmó que no se trataba de un caso aislado y que los agentes de la policía local habían secuestrado a otros africanos, entre ellos varios ciudadanos senegaleses, la mayoría de los cuales estaban demasiado asustados para presentar denuncia.
La práctica era conocida con el término «paseíllo» y era realizada por una minoría
pequeña, pero determinada, de agentes.61 Algunos inmigrantes confirmaron que la
práctica era conocida entre ellos y que se hacía para insultarlos y golpearlos. En relación con la zona de Vigo, se pensaba que estaba relacionada con una campaña represiva contra los vendedores ambulantes extranjeros que se había puesto en marcha a partir de la prohibición de la venta ambulante (sin los permisos preceptivos) por una ordenanza municipal de 23 de diciembre de 1995. En 1996 un juez absolvió a un vendedor ambulante al considerar justificada su resistencia a una detención ilegal por parte de ocho agentes de la policía local. Tras la publicidad en torno al caso de Mamadou Kane, los informes sobre detenciones arbitrarias de esta clase se hicieron más excepcionales en la zona de Vigo.

Información copiada do informe de Amnistía Internacional España, crisis de identidad, apartados B) e D)

Que fráxil é a memoria. Vigo, 16 de marzo de 2007, 10 anos despois de Mamadou.

7 comentarios:

Anónimo dixo...

Para conmemorar también la medalla, esta información.

Anónimo dixo...

Más méritos

Anónimo dixo...

Efectivamente....

¡¡ Que fráxil é a memoria ¡¡

Ana Pintens dixo...

lamentable a decisión do partido unico do governo municipal (PSOE;PP;BNG;PG)na sua unanimidade para darlle a medalla de ouro da cidade a Policia Municipal.

Pablo Eifonso dixo...

NOVA 19.3.2007:
O Movemento polos Dereitos Civís propón a Mamadou Kane para a Medalla de Ouro da cidade de Vigo e manifesta a súa indignación ante a petición da oposición no Concello de Vigo (BNG, PSdeG e PG) da concesión da Medalla de Ouro para a Policía Local

Anónimo dixo...

Esto parece una historia de Alabama años 50.
Pero ligh

Anónimo dixo...

ALABAMA ANOS 50- GALICIA SIGLO XXI, temos que denunciar a toda esta xente que abusa da sua situacion de poder, e deberiamos coñece-los seus nomes pra facerlles a vida imposible, e que se vaian a vivir o deserto.

eiqui tendes miña contribucin para a transparencia de informacion:

http://www.lacoctelera.com/galiciadenuncia

saudos